miércoles, agosto 16, 2006

Grupo N°2
La Educación o la Promesa de Promoción Social.

Perspectiva n°1 Libertad de Enseñanza
Perspectiva n°2 Garantía Calidad de Enseñanza

30 Comments:

Anonymous Anónimo said...

Hola, soy Nicolás Velásquez..estoy en el curso y quiero inscribirme en este sub-tema.
Saludos!

6:35 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

buenas,
yo quiero lo mismo que don Nicolás.

los más cordiales saludos,
Tomás Catepillan (tct@vtr.net)

8:02 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

Hola mi nombre es Pilar Ramos
y quisiera participar en este tema (piliriponcia@hotmail.com).

chaito. Saludos

7:50 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

hola .. soy don Antonio Acuña y quiero tambien estar en este sub grupo
antonioavet@hotmail.com

7:50 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

Hola!...soy Rosa Guzmán y me gustaría trabajar en este subtema.
Mi correo es rosyppt@msn.com
pd: Igual por lo que escuche en la clase hay que trabajar esto en forma de debate. Si es asi me gustaría desde la perspectiva de Garantía Calidad de Enseñanza

1:05 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

Hola, soy Javiera Isadora, estudiante de bioquímica.
Me gustaría particiapar esta tema de discusión.

4:48 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

Hola, soy Javiera Isadora, estudiante de bioquímica.
Me gustaría particiapar esta tema de discusión.
Mi correo es frutillita.jivb@gmail.com

4:50 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

yo fui el primero ke escribi..
y no coloke mi mail
Nicolas Velasquez
nicolasbeck@gmail.com

11:31 a. m.  
Anonymous Anónimo said...

Pues, apúntome a este tema.

cosmos.al.ocaso@gmail.com

Juan Pablo Muñoz

2:46 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

hola soy Dominique Diaz alumna de administración pública y me gustaria integrar este grupo puesto que me interesa bastante el tema

eso


mi mail es: domy_077@hotmail.com

adios
nos vemos

7:29 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

soy gabriela martinez (adm. pública) y me interesa ser parte de este grupo, mi mail gmartinezcornejo@gmail.com .

7:31 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

Hola...
Cristian Guerra (adm. publica) crip984gmail.com
quiero ser parte de este tema...
chauuu

9:36 a. m.  
Anonymous Anónimo said...

Por un asunto práctico, me cambio de grupo... asi que Juan Pablo (cosmos.al.ocaso@gmail.com) puede ser borrado de esta lista.

10:30 a. m.  
Anonymous Anónimo said...

Wenas!
Yo soy Pancho y también quedé de meterme en este grupo
Saludos
Pasenlo la raja pal 18! ;)

Mi mail ====> Recentios@hotmail.com

12:41 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

soy felipe hidalgo creo ke no estoy ni sikiera inscrito en el curso, pero con agustin ya encontraremos solucion
y respetando lo convenido en la clase de hoy miercoles 27 de sept donde estaban todos los grupos distribuidos... me inscribo para cualquier sub grupo de este tema
si pudieran confirmarme esto, estaria muy agradecido

8:38 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

No he podido subir información al blog, por lo que opté por enviarlas por correo electrónico, junto con algunas indicaciones. Agrego el texto del referido correo y trataré de pegar la lista acá.
Feligreses, adjunto archivos con las notas...
Recuerdo que los criterios de evaluación son:
Aspectos Formales
Coherencia Interna
Relaciones
Cada criterio es evaluado de 1.0 a 7.0
Luego se suman los tres criterios, se promedian y ya está... la nota.

Se aceptan solicitudes de re-evaluación,siempre y cuando estén fundamentadas por escrito y expliciten que es lo que no ha sido bien evaluado.

Sobre la próxima semana, el debate.

Cada integrante del grupo debe subir 1 idea bien fundamentada que sirva de antecedentes para defender el punto de vista que le correspondió como sub grupo.

Cada idea tiene una nota que va de 1.0 a 7.0 y que se promedia con el resto del subgrupo, lo que nos arroja la primera nota grupal. No está demás recordar que si la idea (aporte individual a la discusión) no es subida antes del miércoles próximo, corresponderá calificar la falta como un 1.0

Sobre los expositores. Los nombres de cada sub grupo irán a parar a la 'Tombola Ganadora'. Dos serán los afortunados por línea argumental. Tendrán 10 minutos para exponer. Para ello si gustan pueden usar data show, papelógrafos o fuegos artificiales (esto último parece peligroso). Puede exponer uno o los dos afortunados.

Lo bueno se nos viene con las argumentaciones y las preguntas siempre inteligentes de los feligreses que están en la platea. Tampoco está demás decir que el ojo del implacable maestro, estará puesto en el resto del equipo y su esfuerzo por hacer preguntas relevantes.

Cada ausencia al llamado de la 'Tombola Ganadora' será premiado con -0,3 punto que irán directo a la nota del grupo.

Bueno, eso es.

Saludos y que la pasen bien el fin de semana 'gente sin luz' (a lumnos) para los que no saben latín.

Agustín.

Pd. Colectivicen este correo, para evitar el clásico 'no me llegó el correo, no sabía'...

Notas
Soto Sergio 5,5
Silva Javier 5,0
Guerra Cristian 5,0
Díaz Dominique 5,3
Martínez Gabriela 6,1
Herrera Catherine 5,8
Velásquez Nicolás 6,8
González Emilia 4,8
Rubio Juan Carlos 5,0
Macías Francisco 5,5
Muñoz Juan Pablo 6,6
Guzmán Rosa 5,6
Cornejo Luisa 5,5
Knipp Elisa 5,0
Aguilar Oscar 5,5
Ahumada Rocío 5,0
Peña Marcelo 5,0
Valdevenito Javiera 6,1
Catepillán Ezequiel 6,3
Arce Javiera 5,8
Zamorana Francisco 5,3
Mansilla Francisca 5,7
Pérez Macarena 5,5
Castro Carla 5,7
Javier Valladares 6,1
Bascuñan Matías 5,3
Escobar Sergio 5,7
Mora Diego 6,5
Herrada Javier 5,8
Zamora Francisco 6,6
Carvajal Marcelo 5,6
Reynard Diana 5,6
Riscal Alberto 5,8
Quezada Natalia 5,8
Vega Lorena 5,0
Silva Juan Pablo 5,5
Ford Ana María 5,5

7:55 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

hola soy Javiera Arce y quiero inscribirme en el grupo de educación, es posible hacerlo. ojalá puedan avisarme.

mi email es javiera.arce@gmail.com.

saludos

3:19 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

Garantía en la Educación: Somos todos parte

“En Chile, donde el Gobierno descentralizó y privatizó el sistema de enseñanza y estableció un sistema de bonos, se controló el rendimiento de los alumnos en los exámenes nacionales de matemáticas y lengua española de 1982, 1988 y 1990. Esta evaluación llegó a la conclusión de que las reformas contribuían al aumento de la desigualdad sin mejorar la calidad general.”
Fuente: Organización Internacional del Trabajo (OIT)

Las cifras y los estudios son elocuentes: la privatización de la educación genera sin duda alguna desigualdad. Y a través de la desigualdad es imposible asegurar la calidad de la educación, independiente del sistema educativo en análisis.
Garantizar la calidad es la forma más hábil y constructiva de mejorar la educación pues:
- En primer término, somos todos como sociedad avales de esa garantía. Desde el gobierno, que a través de una política centralizada asegure el acceso a todas las posibilidades (tal como en políticas sociales o económicas), tomando en cuenta que la educación es un tema que requiere ser mirado en un contexto determinado, y por ello es esencialmente evolutivo. El estado debe garantizar no solo el buen y correcto aprendizaje, sino que también el hecho de aprender lo que se debe, y que esto se retroalimente con la constante inquietud que en los educandos genere este proceso. Por otra parte avales somos también nosotros los ciudadanos, ya sea desde alguna esfera institucional o desde la posición particular. Hablar de esto es hacer hincapié en que todos debemos acostumbrarnos a exigir no solo la existencia sino que por sobre todo calidad de educación (es decir una educación, por ejemplo, basada en la diversidad), y por supuesto esta constante preocupación genera retribución a ésta misma a través de la fiscalización, lo que no puede hacer el dinero o el “libre mercado” en la educación, el que en suma siempre dejará a un porcentaje no menor de personas sin optar al beneficio de la calidad, y supeditados solo a la existencia de este bien: la libertad de enseñanza no puede asegurar calidad, porque en primer lugar no asegura diversidad.
- En segundo término, el garantizar la calidad, y el hecho de que esto sea entendido como un fenómeno esencialmente evolutivo, nos entrega las herramientas necesarias para la conformación de una Visión de Futuro como País, eliminando la mentalidad a corto plazo tanto (a nivel macro) en las políticas de gobierno como (a nivel micro) en las perspectivas que cada ciudadano tenga de su horizonte futuro y el espacio de acción de este mismo. Al educar con calidad le abrimos la ventana al mundo.

8:09 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

buenas, al haber leido lo planteado por el sr. Nicolás no puedo menos que apreciar cierta confusión en los términos. Lamentablemente mi exposición no fue escrita para refutar una u otra posición, por lo que tendré que limitarme a mencionar aquellos puntos referidos para que luego pueda apreciarlos ud en lo que sigue de la presentación.
Que el estado debe garantizar no solo el buen y correcto aprendizaje, sino que también el hecho de aprender lo que se debe, sin duda, hace aparecer la pregunta sobre lo que se debe... o me dirán que, por ejemplo, se debe aprender que el golpe de estado del 73 fue un pronuciamiento militar ampliamente respaldado por los chilenos tendiente a recuperar la libertad que los marxistas habían puesto en riesgo. No lo creo. Y con ese ejemplo polémico queda claro que lo debido en educación, al menos cuando escapa a la formación científica, no puede sino corresponder a los directos involucrados en el educarse, los que no son los agentes del estado (la presidenta, su patota y los amigos-enemigos de la derecha). O, la libertad de educación permite diversidad, el control exagerado del estado, en cambio, lo pinta todo de un laicismo bien quiltro y además cínico. Que seamos todos avales de la garantía de la educación, de igual modo, es un aforismo iluso, sobre todo si vemos cómo le pasan la máquina no más a los más miserables de nuestros conciudadanos (que no nos turbe el juicio el movimiento secundario, y menos aún las recientes movilizaciones de los mineros del cobre). Lo otro, la calidad de la educación no se opone a la libertad de enseñanza, y tampoco es idéntica a la mercantilización de la educación (ni a su provatización, ni a su municipalización). Todos esos males que provienen del mismo demonio, no se subsanan prohibiéndole a los evangélicos que tengan sus propias escuelas, o negándole a los mapuches que enseñen en sus escuelas un odio parido al estado chileno que los viene persiguiendo desde la mal llamada pacificación de la Araucanía.
Eso. Los dejo ahora con la quizás demasiado extensa presentación de las ideas que al respecto de la libertad de enseñanza se me vinieron a la cabeza...

Cuando se habla de libertad de enseñanza se le tiende a asociar a la LOCE, a una educación miserable, a la municipalización, a la dictadura militar perpetuada en democracia mediante la ley referida y a la mercantilización de la educación, al menos en el contexto de las asambleas secundarias y universitarias que han (principalmente las primeras) "generado "las circunstancias conocidas. No es del todo falso, al menos ligar la LOCE a la mala calidad de la educación, a la denominada mercantilización de la educación (que se le equipare con cualquier otro rubro económico atractivo para el capital) a la dictadura militar, a la municipalización, al extremo liberalismo económico, a la necedad de nuestros gobernantes o lo que se quiera agregar en la misma línea. Pero, asociar libertad de enseñanza a todos los males referidos, es como mínimo una perogrullada. Y ello porque de que el sr. Pinochet no haya tenido la inteligencia como para haber instaurado verdadera libertad de enseñanza (no es de extrañar en un régimen autoritario) ni tampoco para haberle procurado al país que gobernaba (legítima o ilegítimamente) una educación a la altura de su pueblo, no se sigue que la libertad de enseñanza, como una idea abstracta, sea lo malo que fue y sigue siendo, el crimen que se cometió y se sigue cometiendo en su nombre. ¿Cuántos crímenes se han cometido y se cometerán en nombre de la democracia? Y sin embargo, ¿quién se atrevería a decir que de la estupidez de aquellos que los cometieron se sigue un imperioso abandono de la democracia? Por mi parte, aunque USA invada Irak en nombre de la democracia, creo que es mejor esta al autoritarismo o como quiérasele llamar.
Lo primero, dice Russell en su ensayo "Ideas que han ayudado a la humanidad" (ojo con el título) que "la democracia fue inventada como recurso para conciliar el gobierno con la libertad (…) La democracia está destinada a hacer que el ejercicio de poder por parte del hombre sea temporal y dependiente de la aprobación popular. Hasta donde lo consigue, impide los peores abusos de poder (…) pero, los abusos de poder no son impedidos exclusivamente por la democracia, también la doctrina de la libertad personal juega un rol decisivo. Esta doctrina esta compuesta de dos partes: por un lado, que un hombre no puede ser castigado a no ser por un correcto proceso legal, y, por otro, que tiene una esfera dentro de la cual las acciones de un hombre no estén sujetas a fiscalización gubernamental. Esta esfera incluye la libertad de palabra, la libertad de prensa y la libertad religiosa. Solía incluir la libertad de actividad económica. Todas estas libertades, naturalmente, son llevadas a la práctica con limitaciones (Cf. con Ensayos Impopulares, Ideas que han ayudado a la humanidad, p. 255, 256, 257).
Lo citado resume, en principio, la posición que planteo en esta primera parte. Si bien es necesaria una autoridad, esta es preferible que exista circunscrita a un sistema democrático que tenga en estima la "doctrina de la libertad personal", a la que agregaría, por estar ya implícita, la libertad de enseñanza entendiéndola como la facultad, reconocida por la autoridad, de educar como mejor me plazca a quienes la misma autoridad reconoce como sujetos a mi arbitrio (mis hijos en minoría de edad), y ello, permitiendo la existencia de Colegios o Liceos que se den a si mismos los contenidos mínimos, los enfoques con los cuales abordar la historia, los ramos obligatorios, etcétera. Lo que sería igual a permitir que los jesuitas eduquen a sus feligreses como mejor lo estimen, y de igual modo los marxistas, los fascistas, los gremialistas, los existencialistas, los homosexuales, los indígenas, los que gustan de las tradiciones o los macdonalds, etcétera.
Pero, vale destacar la última oración de la cita, aquella que se refiere a las "naturales limitaciones" de las libertades contenidas en la "doctrina…, muy probablemente referidas como aquellas indispensables para la existencia de una comunidad organizada con un gobierno. Y porque es conocido que permitir la existencia de grupos anti sistemas (como los nazis en la República de Weimar) es consentir el cáncer y la propia muerte, aunque en nombre de la libertad (por poner un caso extremo). Pero la cuestión no se aprecia sólo en casos así de radicales. Con la segunda parte que ahora comienza espero aclarar este punto de las limitantes.

Dice el profesor Miguel Orellana que la ética, la ciencia del "bien vivir" en sus palabras, es un intento por construir una posición en la ética cuya concepción de los valores sea tan absoluta como plural (al menos la ética que él intenta). Con lo que quiere decir, tratando de no caer en la ramplonería, que intenta situarse entre el universalismo (solo una verdad es legítima) y el relativismo (todas las posiciones valen y todas valen igual) ambas formas que serían las dos posibles de obrar "mal" en oposición a la multiplicidad de formas posibles de actuar "bien" (Cf. con Pluralismo: una ética del siglo XX, del autor referido, p. 82). Distingue "por un lado, una naturaleza humana única, y del otro, una pluralidad de identidades o formas de vida que la expresan y −por otra parte, la− distinción ética entre, de un lado, vivir como valores (respeto con reverencia) y, del otro, tratar como valores (respetar el desarrollo de una práctica que se reconoce como propia de una forma de vida ajena)", con el correlato de aquellos valores que "bien podemos no vivir como valores", y aquellos que "bien podemos no tratar como valores" (cf. con Pluralismo y la ética del bien poder, M. Orellana Benado. En Persona y Sociedad, Vol XVIII N°2/2004. P. 17). Lo que resume una ética que, asumiendo la diversidad de las sociedades que nos tocaron, declara la imposibilidad de sostener éticamente un universalismo (cuya expresión política es una especie de absolutismo) y así mismo, de sostener un relativismo (cuya expresión política es la disolución de la sociedad organizada). O, en los términos de Adela Cortina, que existen mínimos de justicia exigibles y máximos de felicidad que pueden ser propuestos, los cuales, si embargo de estar inmersos en la tolerancia y la diversidad, están limitados por la tendencia autoritaria de todo estado, o si se quiere, por los sacrificios que debemos hacer para vivir en comunidad. Todo lo dicho, muy sensato (que cada uno con respeto crea lo que quiera sin ser demasiado loco en sus creencias, poniéndolo burdamente), viene a ilustrar la posición que intento acá plantear respecto de la libertad de enseñanza.
Si la municipalización esta mal por que las municipalidades no son capaces de financiar sus liceos, sin duda hay que cambiarlo. Si la entrada de agentes económicos en la oferta educacional permite la existencia de colegios y liceos miserables (con financiamiento estatal), sin duda hay que normarlo, o, llegado el caso, prohibir el lucro en la educación. Si el derecho a una educación de calidad no esta debidamente establecido en nuestro sistema legal, teniendo ello desprotegida a buena parte de la población, sin duda hay que corregirlo, y con entusiasmo. Pero, que no se crea que lo mencionado es una oposición a la libertad de enseñanza. Esta, antes de que la contamine la mano de la ambición, trata de autonomía (qué redundancia tener que decirlo cuando el concepto incluye la palabra libertad). O, lo que es igual, opone a la centralidad estatal la autonomía de los grupos intermedios, donde es que los ciudadanos chilenos se reconocen (con suerte). Y esto se hace una exigencia cuando la sociedad aquejada por la problemática en esta discusión tratada esta compuesta por la diversidad más exagerada de grupos y referentes. Cortar por lo sano es permitir a cada uno (no a los individuos, a los grupos intermedios) que eduque a sus hijos, ¿qué programa del ministerio de educación sería capaz de dejar satisfecho a los mapuches de lucha, los antiguos indios enemigos, a los evangélicos, a las locas que hacen todos los años una marcha del orgullo trans−homo−lésbico y quizás qué otro apellido, a los católicos conservadores, a los católicos de izquierdas, a los laicos pesimistas, a los reguetoneres de profesión... a todos ellos, y sin violentar sus creencias? ¿O acaso preferimos renunciar a la diferencia? ¿unificar al chileno?.... mejor, cualquiera sea el caso, asumir que hay hoy en día una variedad considerable de costumbres que bien podemos vivir y tratar como valores, de lo que se sigue, a menos que queramos encumbrar un Stalin criollo, que hay que liberar la educación, respetando el rango de costumbres toleradas (los mínimos y máximos) y, si se estima conveniente, incluso generar un sistema educacional estatal capaz de suplir la falta de iniciativa, o, en términos más positivos, capaz de entregar las herramientas que requieren ellos que aún no pueden educarse. Cualquier otra cosa sería en desmedro de la libertad por el puro goce de satisfacer esa antigua idea de que el poder central es el que todo lo puede (¿y todo lo puede?, y peor aún, ¿qué es lo que quiere?).

Tomás E. Catepillan Tessi.

6:40 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

La libertad de enseñanza, es uno de los procesos que a facilitado de una manera sin igual la privatización de la educación, modelo que implica exclusión y autoritarismo. La enseñanza privada recluta su alumnado de sectores medios y altos, propiciando de esta forma una fenómeno circular: los alumnos dotados de mejores antecedentes familiares reciben una oferta escolar caracterizada por la disponibilidad de equipamiento y de personal adecuado, y obtienen resultados más altos que los producidos por la escuela pública. En el caso de Chile, los datos demuestran que los alumnos de origen social medio y alto que acceden a escuelas privadas no subvencionadas por el Estado logran niveles de rendimiento tres veces superior al segmento inferior, donde se encuentran los alumnos que provienen de familias en condiciones de pobreza y que ingresan en escuelas públicas.

En el caso de las universidades, el proceso de masificación de la educación por el proceso de privatización y la falta de recursos en las entidades estatales, ha influido sustancialmente en el deterioro de las condiciones de aprendizaje, especialmente en los primeros años de estudio: cursos numerosos, falta de equipos, imposibilidad de trabajos prácticos adecuados, etc. Además ha obligado, a un reclutamiento acelerado de profesores que no poseen ni la formación académica ni la formación pedagógica adecuada.

A modo de conclusión, la libertad de enseñanza es responsable en gran medida de la enorme brecha educacional, social y económica que existe entre los individuos que poseen más recursos y los que no. Además, ha sido una de las mayores causantes de los bajos rendimientos obtenidos en general. Por eso la demanda de calidad para todos, basada en el supuesto según el cual todos los seres humanos son capaces de aprender, constituye la alternativa socialmente más legítima.

8:58 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

No educas cuando impones tus convicciones, sino cuando suscitas convivviones personales.
No educas cuando impones conductas, sino cuando propones valores que motivan.
No educas cuando impones caminos, sino cuando enseñas a caminar.
No educas cuando impones el sometimiento, sino cuando despiertas el coraje de ser libres.
No educas cuando impones tus ideas, sino cuando fomentas la capacidad de pensar por cuenta propia.
No educas cuando impones el terror que aisla, sino cuando liberas el amor que acerca y comunica.
No educas cuando impones tu autoridad, sino cuando inculcas la autonomía del otro.
No educas cuando impones la uniformidad que adocena, sino cuando respetas la originalidad de la diferencia.
No educas cuando impones la verdad, sino cuando enseñas a buscarla honestamente.
No educas cuando impones un castigo, sinocuando ayudas a acptar una sanción.
No educas cuando impones disciplina, sino cuando formas personas responsables.
No educas cuando impones autoritariamente el respeto, sino cuando lo ganas con tu autoridad de persona respetable.
No educas cuando impones el miedo que paraliza, sino cuando logras la admiración que estimula.
No educas cuando impones información a la memoria, sino cuando muestras el sentido de la vida.
No educas cuando impones a Dios, sino cuando lo haces presente en tu vida.

René J. Trossero


Me gustó asi que lo pusé =)

9:13 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

Considerando que el concepto de calidad de la educación es multifacético, se
distinguen esencialmente dos perspectivas, según la finalidad principal que se
persigue: el desarrollo personal y social de los individuos (Declaración Internacional de
los Derechos Humanos y posición de UNESCO y UNICEF) y el desarrollo de capital
humano para el desarrollo económico.
Desde la perspectiva de la educación como derecho humano, se enfatiza su rol en
formar personas conscientes de sus derechos y responsabilidades, capaces de razonar,
discurrir, convivir y optar por valores que promuevan el desarrollo de su entorno
familiar, del país y el mundo. La educación, desde esta perspectiva, debe preparar
para la participación civil y social dentro de la democracia.
Desde la perspectiva de la educación como factor de desarrollo de capital humano, la
educación debe preparar a las personas para una apropiada inserción laboral y
contribución al desarrollo económico del país.
En Chile hay profundas desigualdades en la oportunidad que tienen los niños y jóvenes
para recibir una educación de calidad. El derecho a una educación de calidad para
todos, es decir, equidad, es enfatizado en este informe. De ahí que esta Comisión
indique como tarea central del Estado, garantizar a la sociedad civil el derecho a una
educación de calidad en condiciones de equidad y no discriminación. Estos principios se
describen en la sección de Criterios Orientadores en base a: seis metas educativas,
cinco condiciones para cumplir esas metas que el Estado debe asegurar, y una serie de
condiciones que deben cumplir las instituciones educativas en la gestión de los
procesos de enseñanza y educación. (Informe de Avance del Consejo Asesor Presidencial para la Calidad de la Educación, pag 65).

Quise compartir este extracto con todos ustedes y además agregar a las siguientes conlusiones que llegué después de leer varias cosas respecto a este tema:

Lagarantía de calidad de la enseñanza es un derecho fundamental que no se contrapone con la libertad de enseñanza, sino que son complementarios.

Se trata de un problema complejo que atañe no sólo al Estado, sino que compromete a toda la sociedad.

Creo que es menester :
Reformar la constitución, modificar la L.O.C.E, crear una superintendencia, aumentar las subvenciones, mejorar las remuneraciones y disminuir las remuneraciones de los docentes, además de incluir mejores planes de capacitaciones para éstos, evaluaciones e incentivos y , por último, incorporar a la familia.

7:09 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

Al parecer existe un conscenso por parte de toda la sociedad en lo que se entiende y se espera de la calidad de enseñanza. Dentro de las habilidades que se espera fomentar y desarrollar están las discursivas, comprensivas, analíticas, creativas, artísticas y, por sobre todo, REFLEXIVAS y CRÍTICAS.
Me parece necesario dejar en claro que por efectos metodológicas (o sea, para generar un debate más enérgico) se tiende a dicotomizar en polos opuestos los conceptos de Libertad de enseñanza y de Garantía de Calidad de enseñanza. Muchos están de acuerdo en que más que conceptos antagonistas, ambos son complementarios. El conflicto surge cuando se prioriza el valor de uno en desmedro del otro.
Esta es la situación que existe en la Constitución chilena vigente. Las movilizaciones de Mayo pasado (y que se siguen gestando) denunciaron y sacaron a la luz este problema. En la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza hay una prioridad explícita por la Libertad de enseñanza, que generó las condiciones propicias para el surgimiento de una nueva forma de lucro: la educación.
Algunas de las tantas condiciones que facilitaron el surgimiento y proliferación de este nuevo tipo de lucro están:
1) Escasos requisitos para ser el sostenedor de un establecimiento educacional: La ley actual sólo exige para ser reconocido como tal: licencia de enseñanza media, ofrecer un plan de estudios que se ciña al programa oficial, poseer personal docente, administrativo y auxiliar suficientes; funcionar en un local que cumpla con normas mínimas y disponer de mobiliario y material didáctico.
2) Desmantelamiento de la educación pública:
-Baja en el número de matrículas del sistema público y aumento en el sector privado y particular subvencionada: En 1981 el porcentaje de estudiantes cada uno de los tres sistemas de educación era el siguiente: pública (78%), particular subvencionada (15.1%) y particular(6.9%). En el año 2005 el porcentaje de cada uno se presentaba así: educación pública(48.4%), educación particular subvencionada(43.2%) y educación particular (7.0%).
- Baja en las remuneraciones a los profesores: Si expresamos en MONEDA ACTUAL el sueldo de un profesor promedio que realiza la misma cantidad de horas (36.9) se observan cambios importantes. En 1972 el docente llegó a ganar $973.817, luego en 1990 su sueldo se redujo a $241.516 y ha se ha recuperado hasta alcanzar los $636.693 el 2005.
- Baja en el PIB destinado a la educación: En 1970 se llegó a un récord histórico que nunca más se ha repetido en la historia de Chile, destinaba el 7% del total del PIB. Con el gobierno de Pinochet este porcentaje decayó sostenidamente, hasta alcanzar un 2.7% del PIB. Si bien, los gobiernos de la Concertación han intentado revertir esta situación, pero aún así en el año 2000 el porcentaje sólo alcanzó el 3.9%.
Ante este panorama, ¿qué es lo que se puede proponer?. Para asegurar la calidad de enseñanza, el Estado debe asumir su tarea de entidad crucial. No se trata de que adopte un rol autoritario, homogeneizador y centralizador, sino que adopte un rol fiscalizador y normativo que devuelva el equilibrio entre ambos conceptos y evite la mercantilización de la educación. Es fundamental que los sostenedores de los colegios tengan un compromiso real con la educación. No sólo debe contar con capital, sino que con una debida educación y experiencia pedagógica. Su propuesta educativa debe ceñirse no sólo a lo mínimo establecido, sino que también debe pulir al máximo las potencialidades de los alumnos que fueron expuestas al principio. Por otro lado, la población debe sumarse a esta fiscalización, asumir una postura activa y no quedarse en la pasividad de la delegación.
Por último, y con respecto al tema de la distribución del gasto en la educación, sólo me gustaría plantear algunas preguntas (para la reflexión), ¿por qué permitimos que se considere a la educación como un medio más de lucro (junto con otros servicios vitales, como la salud)? ¿por qué permitimos el financiamiento de “empresas privadas de educación” con el dinero público?

Ana María Ford Narváez


Bibliografía:
“Elementos para un Diagnóstico de la Crisis Educacional”, Centro de estudios nacionales de desarrollo alternativo (CENDA), sept 2006.
http://www.cronicadigital.cl/doc/_Toc20374417

“Sobre la LOCE y el escenario actual”
Por Eduardo Santa Cruz Grau1
http

8:35 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

A lo largo de nuestra historia el tema de la libertad de enseñanza ha estado en boga de la opinión pública.
A partir del decenio de 1850 ya se comienza a lidiar el tema de la libertad de enseñanza la iglesia versus el estado discutían en ese entonces de diversos temas como la aprobación del código civil, penal, etc. Disputas entre liberales y conservadores apoyados principalmente por el poder eclesiástico de la época La pugna entre el estado docente y la libertad de enseñanza estaba planteada y las partes iniciaron la defensa de sus posiciones que fueron envolviendo poco a poco a toda la sociedad santiaguina de la época. Por un lado Abdón Cifuentes hablaba de "la aduana inquisitorial de los estudios" y sostenía que "monopolizar la enseñanza en manos del Estado es atribuir a éste su dirección exclusiva, es oprimir a la vez la razón y la conciencia de los ciudadanos". Aquí la pugna era más bien con respecto de lucha de poderes e ideales, el poder desligarse de una gran y poderosa institución como lo era la iglesia católica, por esto prohibir la libertad de enseñanza les era primordial para el gobierno de la época para poder controlar a la población en cuanto a los valores ético y morales que se le querían impartir, para poder tener un cierto control sobre esta, en definitiva la discusión sobre la libertad de enseñanza de esa época se basaba fundamentalmente en una pugna de poderes. Lo cual queda resumido en la siguiente cita “Sin duda, la enseñanza entregada en manos de los particulares encerraba el peligro de destruir la identidad cultural que se deseaba tras la búsqueda de la unidad nacional, pero más que nada lo que temían los liberales era que la tutela del Estado fuera reemplazada por la Iglesia.”
Posterior mente en la constitución de 1925 que da estipulado " Se asegura a todos los habitantes el derecho de reunión, de asociación y la libertad de enseñanza”
Esta reforma constitucional suavizaba el régimen tan autoritario que existía permitiendo una mayor libertad para los ciudadanos, otorgándoles derechos fundamentales, como el poder optar por la educación que se encontrara más conforme a sus ideales; “De este modo, el Estado fue desarrollando una educación cuantitativa y cualitativamente distinta, en la perspectiva de afianzar la democratización efectiva de la sociedad Esto permitía que la Educación privada se circunscribiera a formar sólo a elites económicas, religiosas y/o culturales que buscaban formar a sus pares dentro de un marco de educativo específico y voluntario”.
Pero en nuestros días la concepción de libertad de enseñanza cambia radicalmente. Lo que se consolida con la Constitución de 1980, que definitivamente cambia el rol del Estado en educación, de garante a subsidiario, y se refuerza a través de la dictación de la LOCE, en 1990. La libertad de enseñanza garantiza que existan personas que puedan instalar establecimientos educativos privados, con fines ideológicos (religiosos), culturales, o de diversa practica pedagógica. Es decir la libertad de enseñanza no hace nada más que garantizar los derechos básicos de expresión y libertad del ser humano, al no existir esta garantía estaríamos violando los derechos humanos o volveríamos al 1850 donde una elite se consideraba con el deber de controlar a un pueblo incivilizado que con otras ideas contrarias a las de ellos podían ocasionar revolución y con esto quebrantar el orden impuesto. Hoy los tiempos han cambiado y no podemos prohibir un derecho inalienable del ser humano como lo es la libertad de elección. Por esto en nuestro parecer no debería hoy ser el tema en boga la libertad de educación, porque es algo en si que no se puede prohibir, sino el tema es como no hacer un negocio de la educación que es una cuestión que no solo se desliga de la libertad de educación sino de todo un sistema de gobierno y de cultura económica social que se vive a nivel mundial que es el neo liberalismo y la globalización, que se dispersan a todos los puntos de nuestra vida social , personal, y no solo con esto a la educación. entender a la educación como factor de desarrollo personal, como un derecho y no como una mercancía que puede estar al juego del libre mercado. Hay quienes dicen que”La estratificación social implica una dinámica coherente con el principio de libre elección: elegir un colegio forma parte de las estrategias para asignarse a sí mismo el prestigio social concedido al establecimiento elegido.” A esto rebato e insito que este tema es parte de otros concepto como la globalización, el mal gobierno, o una sociedad que funciona erróneamente en la cual nos encontramos inmersos y no significa que por el ejercer un derecho natural del ser humano como lo es la libertad de elegir, nos conlleve a los problemas mencionados, hay que distinguir los conceptos y separar los problemas para poder exponer de manera clara y concisa por lo que realmente paliamos, y que es lo que verdaderamente queremos que se cambie.
Tampoco la libre educación se contrapone a el derecho de educación sino que son totalmente complementarias sino no puedo educarme tampoco podré elegir el como hacerlo. En definitiva los debates que se generan hoy respecto de la libertad de enseñanza no se desligan propiamente de este tópico sino más bien de otros vacíos existentes, como la contra posición de este debate calidad de educación, que en si no es una contraposición sino más bien un complemento de esta misma postura, es decir tener libertad de enseñanza con una buena calidad de educación donde en como décadas a tras se tenia acceso a una educación de calidad garantizada pero hoy con total libre elección de cómo llevarla a cabo y que todos los chilenos tengamos acceso a esta.



Dominique Díaz Rohde (Administración Pública).

Bibliografía:
*Capítulo III: La Universidad de Chile 1842-1879.
*EL IMPERATIVO ÉTICO DE FORTALECER Y DESARROLLAR LA EDUCACIÓN
PÚBLICA OPECH, Julio 2006

7:35 a. m.  
Anonymous Anónimo said...

En la discusión respecto a la crisis que vive nuestro sistema educativo nos encontramos en varias ocasiones con una crítica asesina en contra de la libertad de enseñanza, enfatizando que esta es la culpable de todos los problemas de la educación que detonaron todos los sucesos ya conocidos de mediados de este año y los que hoy también son parte del acontecer noticioso. Pero creo que esta discusión en realidad esta mal enfocada, si estamos buscando un culpable a quien condenar hagámoslo con altura de miras y con un afán realista en nuestro proceder, al final de cuentas no estamos hablando de una idea volátil, estamos hablando de una realidad que a medida que avanzan los días nos hace retroceder.
Es en este marco bajo el cual me cobijo para hacer este análisis con respecto a la educación en nuestro país.
Rescato las palabras de Tomás en cuanto se refiere al hecho de que la libertad de enseñanza es la diversidad, es el poder enseñar lo que a un grupo de personas les parece adecuado aprender, permite que quien quiera tener una formación religiosa laica, etc. lo pueda hacer, respetando el Estado de Derecho; pero en ningún momento es esta libertad de enseñanza la que me establece como imperativo el que la calidad de ciertos colegio (la mayoría) deje bastante que desear, no es deber de la libertad de enseñanza asegurar calidad, la libertad de enseñanza es otro de los componentes que integra el sistema educacional de nuestro país, pero no es en el donde nacen y afloran todos los males de este sistema.
Es por esto que creo que la discusión se debe centrar en el deber del Estado en esta materia, el problema real que enfrenta la educación es que el poder garantizar la calidad de la enseñanza, más aún el no compromiso de los organismos competentes frente a este tema.
En este minuto la responsabilidad recae en las Municipalidades, ellas son las sostenedoras de los colegios públicos; estos organismos en los cuales también se encuentra una gran diferencia en la educación que se imparte, nos encontramos nuevamente con una diferenciación las municipales con mayores recursos y las con menos recursos (ricas y pobres), por tanto si bien no estamos lidiando con establecimientos regidos por la libertad de enseñanza si estamos hablando de una desigualdad en la misma; obviamente dentro de esto se puede decir que claro el ambiente en el que se desarrollan ambos casos son distintos, los estímulos, los intereses, entre otros. En este caso ambos colegios han de regirse por los mismos planes y programas que establece el MINEDUC, por tanto supuestamente deberíamos estar hablando de una educación que al final del día sea por lo menos parecida, lo cual en términos reales no es así.
“¿Cual es el Rol del estado en este contexto? Las desigualdades sociales, enquistadas desde décadas en las estructuras sociales chilenas y aumentadas hoy, por la administración neoliberal, requieren una acción activa del Estado.” “Esto es un sistema educativo que asegure una educación de calidad para todos, con una base común y respeto a la diversidad, para posibilitar la movilidad social y la integración de los sujetos a la ciudadanía. Es sobre esto que el Estado debe actuar garantizando los siguientes aspectos: - Mediante centros educativos públicos de calidad y no discriminatorios, evitar que la lógica del lucro se apodere de la administración educativa, interviniendo el mercado educativo de forma directa, asegurando educación de excelencia para quien no pueda ni quiera pagarla. - Fiscalizar la administración privada de la Educación pública estableciendo criterios de calidad y gestión máximos, que eviten la segmentación educativa y refuercen el rol de integración de la educación en un contexto desigual. - Promover un proyecto educativo ciudadano que responda a las necesidades de la transformación social y no sólo a los requerimientos del mercado o a los proyectos de algunos sectores corporativos que buscan reproducir sus opciones ideológicas. - Garantizar la presencia de escuelas públicas de excelencia que garanticen la participación de la comunidad en la gestión educativa. La evidencia muestra que la participación de los actores locales en el proceso educativo es un requerimiento fundamental de la calidad. Hoy es un imperativo moral fortalecer la educación pública, pues ella es sinónimo del derecho efectivo a la educación, sobre todo de los que menos
posibilidades tienen”.
”Nadie ha demostrado la superioridad de lo privado”.
De este texto emanado de el Colegio de Profesores, extraigo estos fragmentos ya que de estos se saca la idea de que el Estado ha de hacerse cargo de la calidad de la educación, debe de ponerse énfasis en aquello y es en este punto del cual podremos avanzar en este ámbito.


Gabriela Martínez Cornejo.
(Administración Pública)

7:54 a. m.  
Anonymous Anónimo said...

Perspectiva 2:Libertad de Enseñanza

La libertad de enseñanza supone el tener la capacidad de elegir libremente que tipo de educación se quiere impartir y que tipo de enseñanza se quiere tener.

En Chile no es que no se respete este derecho a la libertad de enseñanza como lo decía Rosa, hay una gran cantidad de establecimientos de educación y de muy variados tipos ya se ideológicos, sociales o con diferencias técnicas.

El problema es que a la hora de subir en el nivel de educación y ver en que realidad se encuentran los distintos establecimientos educacionales se va generando una brecha en la calidad de la educación lo cual impide a la gente de menores recursos optar por alcanzar un nivel de educación que le genere la movilidad social que se desea tener en este momento, y esto se da por el echo de que el estado debe hacerse responsable de la calidad de la educación sin pasar a llevar el derecho a la libertad de enseñanza, a que me refiero con esto,

Es como dije anteriormente el problema no es la libertad de enseñanza, el problema de la educación chilena radica en la calidad de la educación que se imparte y en mayor grado en la calidad de la educación publica y por ende en a calidad de la educación que entrega el estado.

Si el estado no vela por que la calidad de la educación sea de un nivel similar en todos sus ámbitos esta faltando al derecho a la libertad de enseñanza por el echo de que como una persona que viene de un estrato social bajo con una educación pobre en calidad al ir avanzando en el nivel de educación llega un punto donde ya no tendrá la opción de elegir lo que quiera aprender por que la mala educación que recibió no le permitirá alcanzar sus metas, y tendrá que conformarse con alcanzar un nivel de educación acorde a la calidad de educación que recibió.
Y en este punto el referente a calidad el estado es responsable por velar una buena calidad para todos, eso si sin faltar a una libertad de enseñanza...

Cristian Guerra Viera
Administracion publica...

10:32 a. m.  
Anonymous Anónimo said...

mi nombre es katherinne Herrera,alumna de Administraciòn Publica y mi mail:
ennirehtak@hotmail.com

4:34 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

A partir de la irrupción de los secundarios en el escenario público, uno de los temas a más largo plazo tiene que ver con la LOCE, en particular con el énfasis que parece poner en la libertad como opción expresable en un mercado y la secundarización, por tanto, del derecho a la educación como exigencia universalizable.
No es difícil concluir que el esfuerzo del autoritarismo militar, haciendo aprobar esa ley a horas del debut de la transición, no perseguía consagrar ni el derecho a una educación con cobertura y calidad en igualdad de condiciones para todos ni al Estado como garante del interés general del país. Si ello es así, es lógico entonces suponer que la intención principal, coincidente con su filosofía anarcoliberal, ha estado centrada en resguardar tanto la posibilidad de hacer negocio con la educación, como el preservar la libre opción efectivizable por una minoría, de poner a sus hijos en el establecimiento más adecuado a sus intereses.
En buena medida, cuando se critica a la LOCE, se tiene en cuenta el ubicar en un lugar complementario, pero de segundo nivel, la importancia del tema de la mercantilización o la libertad de enseñanza, y poner como eje central el derecho a la educación. En el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 1966, que se supone nuestro Estado ha firmado, se prevé una superioridad relativa del derecho a la educación para todos, en calidad y cobertura, y, al mismo tiempo, se sostiene que no debe implicar el obstáculo al ejercicio de la libertad de enseñanza. Por tanto, el tema no es una opción entre ambos, sino que sólo la efectivización de un derecho a la educación en principio universalizable permite también la misma libertad de enseñanza.
El derecho a la educación sólo puede ser garantizado por el Estado, como entidad encargada de mediar y representar el interés general de la comunidad. Esto no implica, por cierto, que con ello no exista más la libertad de enseñanza o no pueda ejercerse. Pero, nuevamente, en esta maniobra postrera del régimen militar, se constata una expresión de la ideología de la derecha neoliberal, que entre sus “aportes”, durante todos esos años se dedicó a denostar, menospreciar y desmantelar toda expresión de lo público, lo político o lo estatal como expresiones de valor común en la sociedad, para favorecer el privatismo a ultranza.
En este marco, sostenían que los principales problemas del país, sea en educación, salud o previsión, los podría resolver muy bien la libertad de mercado. Porque lo único que hay, en esta visión de las cosas, son individuos vistos como átomos que tienen preferencias privadas y, de cuando en vez, necesidades. Un orden social como orden espontáneo. No hay sociedad ni bien público, ni menos entidad encargada de mediar una voluntad política plural y común. Cada cual es responsable de su propio destino. De su nivel de carencias, pobreza o mala educación. Porque lo importante es la libertad de elegir, y lo que elija cada cual es asunto suyo, privado. El Estado tiene que ser un Estado mínimo, encargado de imponer el orden y resguardar los contratos. No puede ni debe aspirar a representar una idea de justicia social.
Pero sostener todo esto no es ideología. Afirmar la primacía del derecho a la educación, sí lo es. Como el mercado no puede garantizar ese derecho, ni su acceso, ni su calidad o equidad, entonces demandarlo es demagogia e ideología. Resulta que solo el 8,5% se educa en los colegios particulares pagados, y el resto, el 91,5% lo hace en el sector público, en sus distintas modulaciones.
Aquí hay un tema que tiene que ver con las desigualdades hirientes que se mantienen en el acceso al saber, el tener y el poder. Pero el anarcoliberalismo no puede hablar de desigualdad. Sólo habla de ineficiencia pública o de insuficiente libertad de elegir. No hace mucho el conocido sociólogo francés Alain Touraine, refiriéndose a este tema, sostuvo algo de lo cual nuestras elites no hablan: atacar las desigualdades requiere redistribuir cuotas importantes de poder en el seno de la sociedad. Es el único camino para una educación equitativa y de calidad para todos. Redistribuir cuotas de poder y no vender Codelco o lo que queda de los bienes públicos del país.
¿Por qué no mirar también cómo lo han hecho Francia, Noruega o Finlandia? Pero seguro todo que esto es pura ideología para nuestras elites...
Pablo Salvat, diario la Nación

La Constitución Política asegura a todas las personas la libertad de enseñanza en los siguientes términos: “La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales”. La ley 18962 orgánica constitucional de enseñanza (LOCE) agrega que “El Estado tiene… el deber de resguardar especialmente la libertad de enseñanza”. La situación política exige claridad respecto del significado de estas disposiciones.

En primer lugar, la libertad de enseñanza es un derecho de los particulares frente al Estado. En otras palabras, la libertad de enseñanza es la constitución jurídica del interés de los particulares en enseñar lo que quieran y como quieran, sin que el Estado pueda legítimamente impedirlo. La propia Constitución Política reconoce que este derecho está limitado por “la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional”. En una constitución democrática, el contenido de dichos límites se expresa mediante la ley. Así por ejemplo, la misma LOCE reconoce que la libertad de enseñanza no permite a un establecimiento educacional expulsar o negar el ingreso de alumnas embarazadas o madres (art. 2 inc. 3). En otras palabras, ni la moral pública ni las buenas costumbres admiten dichas prácticas de exclusión.

La libertad de enseñanza también reconoce límites cuando los establecimientos educacionales pretenden reconocimiento oficial del Estado. Esto es algo que también está reconocido por la propia Constitución Política, sólo que en este caso existe una garantía extraordinaria para dicha libertad. Ésta consiste en la exigencia de que los requisitos para el reconocimiento oficial sean establecidos mediante una ley que sea aprobada por a lo menos cuatro séptimos de los diputados y senadores en ejercicio (“ley orgánica constitucional”). Considerando la representación parlamentaria que resulta del sistema binominal mayoritario, esta garantía equivale a exigir acuerdo entre el gobierno y al menos parte de la oposición.

El Estado no puede imponer otras limitaciones al derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales que aquellas que imponen la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional, expresadas por ley, y aquellas que impone la ley orgánica constitucional para obtener reconocimiento estatal.

El Estado puede sin embargo imponer condiciones para entregar dineros públicos a través de subvenciones. Estas condiciones no importan restricciones inconstitucionales a la libertad de enseñanza. La razón es simple. Los subsidios son un beneficio opcional. Los establecimientos educacionales tienen la opción de renunciar ellos, quedando así liberados de las condiciones que impone el Estado para su otorgamiento, o impetrarlos, cumpliendo dichas condiciones. Ni en la Constitución Política ni en la LOCE se encuentran restricciones a las condiciones que puede el Estado exigir a cambio del subsidio. El Estado puede imponer las que quiera: la evaluación de su mérito y racionalidad corresponde a la deliberación política pública, no al examen jurídico. Las condiciones para impetrar la subvención estatal están hoy reguladas en el decreto con fuerza de ley número dos del Ministerio de Educación, de 1998. Ésta es una ley simple que, a diferencia de la LOCE, puede modificarse por simple mayoría en la cámara y en el Senado.

La libertad de enseñanza es, según se ha dicho, libertad contra el Estado. No es libertad del Estado. El Estado no tiene libertad de enseñanza. Tiene sin embargo ciertos deberes, tanto constitucionales como legales, vinculados a la educación y a la enseñanza. En primer lugar, la Constitución Política le impone el deber de “contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible” (art. 1 inc. 3). El modelo económico abierto ha significado que, como nunca antes, la realización espiritual y material esté abierta al talento. Por otra parte, el talento se distribuye equitativamente entre grupos sociales de muy diferentes situaciones socioeconómicas. Sin embargo, el cultivo del talento depende en parte muy importante de condiciones sociales, que en nuestro país son de las más inicuas del mundo. Es por tanto inimaginable que el Estado pueda cumplir su deber constitucional sin una fuerte intervención en la enseñanza. El anuncio de la Presidente de la República de que el Estado pasará a ser garante de la calidad de la educación subvencionada, pública y privada, no sólo no requiere modificar la Constitución, sino que viene exigido por ella.

El Estado tiene asimismo los deberes constitucionales de promover el desarrollo de la educación en todos sus niveles (art. 19 N° 10 inc. 6), incluida la parvularia (art. 19 N° 10 inc. 4) y de financiar un sistema gratuito que asegure la cobertura de toda la población (art. 19 N° 10 inc. 5).

Los establecimientos educacionales del sector municipal pertenecen al Estado. Como tales, carecen de libertad de enseñanza. Ellos están más bien obligados a contribuir al cumplimiento de las obligaciones que la Constitución Política y las leyes imponen al Estado en el ámbito de la enseñanza. El Tribunal Constitucional cometió un grave error al sostener lo contrario, esto es, que los establecimientos educacionales del sector municipal tienen una libertad de enseñanza que pueden oponer a las pretensiones del legislador y de la administración pública central de dirigir, regular o controlar sus actividades. Chile no es un Estado federal. La descentralización se hace por ley, según señala explícitamente la propia Constitución Política (art. 3 inc. 2). La educación pública sigue esta regla general. La Constitución Política no contiene decisión alguna a favor de la educación pública descentralizada. El legislador tiene por tanto completa libertad para determinar qué competencias radicar en la administración central y cuáles en las municipalidades. Tampoco contiene la LOCE opción alguna por la educación pública municipal. En consecuencia, la centralización de competencias que las municipalidades no puedan satisfacer en condiciones que contribuyan a “a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible” puede hacerse mediante ley ordinaria.

La Presidente de la República ha anunciado que en julio enviará al Congreso Nacional un proyecto de ley para “consagrar el derecho de todo ciudadano a una educación de calidad” que podrá hacerse “efectivo mediante un recurso de protección ante los Tribunales de Justicia”. Lo primero, que se reconozca un derecho a la educación de calidad, es innecesario. Lo segundo, que pueda hacerse efectivo en tribunales, es insensato. Lo primero es innecesario porque la Constitución Política ya garantiza el derecho a la educación (art. 19 N° 10 inc. 1) y declara que ésta “tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida” (art. 19 N° 10 inc. 2). Es evidente que este desarrollo pleno sólo puede lograrse con una educación de calidad. Así, la inclusión de este nuevo derecho sólo va a significar la inversión de recursos políticos y legislativos en una reforma ociosa.

El problema del derecho a la educación no es su consagración constitucional, ya existente, sino su realización. Aquí es donde la reforma propuesta resulta insensata. Ella confía esta realización, en última instancia, a los tribunales de justicia a través del recurso de protección. El recurso de protección es una acción por la cual una persona que estima afectado algún derecho constitucional reclama amparo por los tribunales. Pero si bien esta acción puede funcionar correctamente cuando se trata de proteger a un propietario frente a la acción del Estado de privarlo de su bien sin que la ley haya autorizado la expropiación por causa de utilidad pública, resulta completamente inútil tratándose del derecho a la educación. Esto se debe a que la afectación del derecho a la educación no es el resultado de acciones puntuales que los tribunales estén en condiciones de corregir, sino a estructuras e instituciones cuyo diseño escapa por completo a dichos tribunales. Si un estudiante ve afectado su derecho a la educación porque los profesores son mediocres, ¿ordenará el tribunal despedir a dichos profesores y contratar otros? Si el edificio se está derrumbando, ¿ordenará el tribunal construir un nuevo edificio?

Lo más grave de esta propuesta es que ofrece una ilusión, pero ninguna solución. Engañados por la ilusión, dejaremos de preocuparnos por la educación por otros muchos años, hasta que nuevamente algo nos recuerde que ésta está muy por debajo de nuestras aspiraciones. Constituye una error transferir a los jueces, quienes no han sido popularmente elegidos ni responden ante el pueblo, una responsabilidad que corresponde a las mayorías parlamentarias y a la Presidente de la República, que han sido elegidos precisamente para conducir las políticas del Estado y deben responder por dicha conducción.
Profesor Rodrigo Correa, Abogado.


KATHERINNE HERRERA ROZZI.
ALUMNA ADMINISTRACION PUBLICA

10:08 a. m.  
Anonymous Anónimo said...

Javiera Valdebenito Borjes

Para una adecuada comprensión del problema que se plantea, creo que es necesario analizar los principios constitucionales que se vinculan directamente con la libertad de enseñanza y el derecho a la educación.
Entre estos principios y normas cabe destacar aquellos que el Poder Constituyente estableció en el Capítulo I de la Carta Fundamental, puesto que son las bases del sistema institucional chileno, de manera que cuanto fluye de ellas se irradia sobre los siguientes capítulos de la Constitución y, con mayor razón, a todo el ordenamiento jurídico que ha de respetarlas en todo momento, circunstancia, materia y lugar.
El artículo 1°, inciso cuarto, del texto constitucional, dispone que “El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías”, por ella establecidos.
Asimismo, agrega el inciso quinto del citado precepto constitucional, “Es deber del Estado (…) promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar, con igualdad de oportunidades, en la vida nacional”.
En idéntica jerarquía jurídica y en armonía con lo expresado, el artículo 5° de la Ley Fundamental, en su inciso segundo, agrega que “El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.
Entre los derechos esenciales aludidos se hallan, precisamente, el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, asegurados a todas las personas, en el artículo 19, Nos 10 y 11 de la Carta Política, respectivamente. Si bien es cierto que el derecho a la educación y la libertad de enseñanza son diferentes, también es cierto que existen numerosos e importantes vínculos entre ellos, evidencia de lo cual resulta ser el objeto de la educación, esto es el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso primero del N° 10 del citado precepto, se manifiesta, imparte o lleva a la práctica a través de la enseñanza sea formal o informal.
Cuando se habla del derecho a la educación, se entiende como aquel que tienen todos los habitantes de la República a ser instruidos con el objeto de lograr el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida. De lo anterior se desprenden tres elementos esenciales: primero, que este derecho está dirigido al sujeto pasivo del proceso educativo, a los estudiantes; segundo, que el contenido de este derecho consiste en garantizarle a todas las personas el derecho a acceder a la enseñanza; y tercero, que dicha enseñanza tiene como única finalidad la de lograr el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida.
En virtud de lo anterior, el derecho a la educación no debe ser visto como la prestación de un servicio solamente, toda vez que este derecho abarca elementos y objetivos más complejos que no se encuentran contenidos en la enseñanza que entregan los establecimientos educacionales. Asimismo, cuando se habla del derecho a la educación debe tenerse siempre como centro y finalidad última el pleno desarrollo de la persona humana, ya que la persona es la causa y el fin de esta garantía.
Por su parte, la libertad de enseñanza es el derecho que tienen todos los habitantes de la República a abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales con la debida autonomía académica, económica y administrativa. No obstante, el Constituyente ha limitado el ejercicio de la libertad de enseñanza, reconociendo en el artículo 19, N° 11, inciso segundo, que el ejercicio de ésta tiene algunas limitaciones que no son otras que las impuestas por la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional.
Como puede advertirse, la Constitución Política de la República asegura a todos los habitantes el derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Sin embargo, no garantiza la calidad de la enseñanza. Hasta ahora ha primado la libertad de enseñanza por sobre el derecho a la educación.
Ahora bien, considerando que el concepto de calidad de la educación es multifacético, se distinguen esencialmente dos perspectivas sobre la materia, según la finalidad principal que se persigue: el desarrollo personal y social de los individuos o el desarrollo de los recursos humanos para la producción y el desarrollo económico.
Desde la perspectiva de la educación como derecho humano fundamental, se enfatiza su rol en la formación de personas conscientes de sus derechos y responsabilidades, capaces de razonar, discurrir, convivir y optar por valores que promuevan el desarrollo de su entorno familiar, del país y del mundo. La educación, desde esta perspectiva, debe preparar para la participación civil y social dentro de la democracia.
Desde la perspectiva de la educación como factor de desarrollo del capital humano, la educación debe preparar a las personas para una adecuada inserción laboral y contribución al desarrollo económico del país.
En ambos casos, la calidad de la educación en nuestro país ha descendido a niveles alarmantes, lo que demuestra la necesidad de efectuar una profunda reforma de la educación, ya que de ello depende que haya progreso, igualdad de oportunidades y paz social.
En efecto, no obstante que la cobertura de la enseñanza ha mejorado en forma vertiginosa durante las últimas décadas, con el aumento de los establecimientos de enseñanza básica y media particular subvencionada y la creación de gran cantidad de universidades privadas, institutos profesionales y centros de formación técnica, la calidad de la enseñanza ha disminuido en forma inversamente proporcional a la cobertura. De esta realidad dan cuenta los malos resultados de la prueba del Sistema de Medición de la Calidad de la Enseñanza (SIMCE), de la Prueba de Selección Universitaria (PSU) y del Estudio Internacional de Tendencias en Matemáticas y Ciencias (TIMSS).
Estos malos resultados son atribuidos a múltiples causas, entre ellas: el traspaso a las municipalidades de los establecimientos públicos de enseñanza sin una autoridad central que los fiscalice, la deficiente preparación de los profesores luego de la desaparición del Instituto Pedagógico de la Universidad de Chile, las bajas remuneraciones del magisterio que obligan a los profesores a tomar una carga de trabajo excesiva para poder sobrevivir, la precaria situación económica de gran parte de las familias de los estudiantes, el mal estado de los establecimientos educacionales y las excesivas utilidades que obtienen los sostenedores del los establecimientos particulares subvencionados en desmedro del gasto en remuneraciones del profesorado y de la inversión en infraestructura.
Por su parte, la mala calidad de la enseñanza produce una serie de efectos negativos en la sociedad, a saber: desigualdad de oportunidades entre quienes pueden costearse establecimientos con mejor rendimiento y quienes no tienen recursos para hacerlo; discriminación arbitraria entre los estudiantes por razones de carácter económico; perpetuación del llamado “círculo vicioso de la pobreza” en que los pobres son cada vez más pobres y los ricos cada vez más ricos; y grave daño a la economía al no poder contar con trabajadores mejor calificados.
Todo lo anterior, unido a la circunstancia que la Constitución Política consagra en su artículo 19, Nº 21, como una garantía fundamental, “el derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulan”.
Además, en el Nº 24,del citado precepto constitucional, se asegura a todas las personas “el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales”, entre ellos los establecimientos educacionales.
Cabe señalar, asimismo, que diversos fallos del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema han hecho primar la libertad de empresa y el derecho de propiedad de los sostenedores de establecimientos educacionales, por sobre el derecho a la educación y la calidad de la enseñanza, cuando han recurrido a la justicia para reclamar por alguna sanción impuesta por el Ministerio de Educación, por el incumplimiento de alguna obligación contenida en la ley Orgánica Constitucional de Enseñanza, la Ley de Subvenciones o el Estatuto Docente.
En conclusión, el mejoramiento de la calidad de la enseñanza pasa, entre otras cosas, por que el Estado no sólo garantice el derecho a la educación sino que, también, la calidad de la enseñanza, haciendo primar este derecho por sobre la libertad de enseñanza. Para tal efecto se requiere de una serie de reformas a la Constitución y a la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza, que permitan una adecuada fiscalización de los establecimientos educacionales públicos y privados para que cumplan con su función, ya sea entregando dichas atribuciones al Ministerio de Educación o creando una Superintendencia.
También se requiere modificar el Estatuto Docente y la Ley de Subvenciones, para mejorar el nivel de remuneraciones del profesorado, aumentar la inversión en bibliotecas y laboratorios, ir en ayuda de los estudiantes con menores recursos mediante un sistema adecuado de becas que cubran sus necesidades fundamentales, aumentar las exigencias para crear establecimientos educacionales, y obligar a los sostenedores a destinar un mayor porcentaje de la subvención que reciben en mejorar la calidad de la educación que imparten los establecimientos que administran.

BIBLIOGRAFÍA.
1.- Consejo Asesor Presidencial para la Calidad de la Educación, “Informe de Avance”, septiembre 2006.
2.- Redondo, Jesús M.; Descouvières, Carlos; y Rojas, Karina, “Equidad y Calidad de la Educación en Chile -Reflexiones e Investigaciones de Eficiencia de la Educación Obligatoria (1990-2001)”, Universidad de Chile, Facultad de Ciencias Sociales, Vicerrectoría Investigación.
3.- “Educación de Calidad: Igualdad de oportunidades para el Chile de hoy y del futuro”, Presidencia de la República de Chile, Dirección de Prensa.
4.- “Conflicto de derechos: Derecho a la educación, libertad de enseñanza, libertad de empresa. OPECH, julio de 2006.
5.- “Reforma Educacional”, Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, Documento de trabajo.
6.- Constitución Política de la República de Chile, Editorial Jurídica, Décima Edición, 2005, Santiago, Chile.

6:36 p. m.  
Anonymous Anónimo said...

Rosa Guzmán Cerda, Licenciatura en HIstoria
Mndo otra vez el trabajo porque hice unos cambios respecto a los ejemplos.. sólo eso.

La educación actualmente es un tema transversal, es decir, cruza todos los sectores e intereses sociales. Cabe destacar aquí, que la Libertad de Enseñanza es un derecho humano de primer orden, proclamado en la Declaración Universal de Derechos Humanos y además nuestra Constitución asegura a todas las personas este derecho.
Cuando se habla de Libertad de Enseñanza es necesario tener en cuenta que ésta es la capacidad que tiene un particular de abrir y mantener un colegio según lineamientos personales siempre y cuando éstos no atenten a los valores existentes en nuestra sociedad. En este sentido encontramos colegios de distinta índole, tales como de educación estatal o privada, comercial o filantrópica, religiosa o laica. Este Derecho, asegura además, que los padres tendrán la legitimidad preferente de escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos , mediante canales como MINEDUC que está enfocado a entregar información pública respecto de todos los colegios y que permita a los padres tomar decisiones informadas, por lo tanto no existe monopolización de la información respecto a los colegios, ya que, se encuentra a la mano de quien desee consultar.

Todo esto genera que en nuestro país existan una serie de ejemplos que datan de una educación en mayor o menor medida tradicional, pero que sin embargo, obtienen buenos resultados tanto en el SIMCE como en la PSU. Estos ejemplos dan razón que la Libertad de Enseñanza no atenta contra la calidad de la Educación y que genera lo tan humanamente anhelado, es decir, una educación diversa y que ésta sea de calidad.

En la última Prueba de Selección Universitaria se destacaron por sus altos puntajes colegios como: El Salvador, subvencionado (607 puntos), cuya educación es de orden Católica y pertenece a la Congregación de los Padres Barnabitas, el Colegio Alemán de Concepción (645 puntos) que busca enriquecer la formación mediante la enseñanza del idioma y de la cultura alemana y la formación escolar acorde con la tradición europea. Se encuentra, además, el Colegio Alianza Austral De Coyhaique subvencionado (582 puntos) de educación laica, es decir, se suscribe a valores del Humanismo e ideales de igualdad, libertad, tolerancia, fraternidad y pensamiento laico. Además se encuentran aquellos colegios que buscan suplir vacíos y que se conforman mediante una identidad a partir de un grupo de individuos, es el caso del Colegio Arauco (682 puntos) que nació como una respuesta a la preocupación de un grupo de profesionales de Forestal Arauco, que buscaba satisfacer la necesidad de una buena educación para sus hijos. Por último se encuentran aquellas formas de educación que son parte de algún proyecto del Estado, es el caso del Programa Orígenes que consta de propuestas culturales comunitarias que se implementan en localidades indígenas: sus objetivos van desde incluir el conocimiento de la lengua y cultura mapuche mediante instituciones educacionales ya presentes.

Estos ejemplos, entre muchos otros, dan cuenta de dos principios que son fundamentales y que se complementan en la educación: el derecho de todos a una educación de calidad y la libertad de educación, coherente con el principio que los padres son los primeros responsables de sus hijos. El Estado en su misión de buscar el bien común, debe salvaguardar estos principios en una sociedad libre y democrática, su labor debe ser restringida ya que, en ningún caso debe imponer cánones educativos para la ciudadanía.


El derecho a la educación, por lo tanto, supone dos condiciones básicas: que sea una educación diversa y que ésta sea de calidad, lo que se logra sólo mediante el derecho inviolable de la libertad de elección con la cual nacen todos los hombres de este planeta

Bibliografía:
1-.Federación de instituciones de Educación Particular “Sin Libertad de Enseñanza no es posible el Derecho a la Educación”.
2-.Asamblea General de las Naciones Unidas “Declaración Universal de Derechos Humanos”, diciembre de 1948
3-.Pontificia Universidad Católica “Ranking de Colegios Total País, según Promedio PSU 2006”

11:23 a. m.  

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